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MERCADO DE CAPITALES

La CNV creó un régimen de autorización automática para emisiones de deuda y acciones

La medida elimina la aprobación previa para la mayoría de las emisiones de títulos valores y busca agilizar el acceso al financiamiento. También reduce los requisitos para ser considerado inversor calificado y amplía beneficios para las PyMEs.

PorTendencia de noticias
11 jun, 2026 05:16 p. m. Actualizado: 11 jun, 2026 05:16 p. m. AR
La CNV creó un régimen de autorización automática para emisiones de deuda y acciones

Noticias Argentinas difundió que la Comisión Nacional de Valores (CNV) puso en marcha un nuevo régimen de autorización automática para emisiones de deuda y acciones con el objetivo de facilitar el financiamiento de las empresas y dinamizar el mercado de capitales.



La medida fue formalizada mediante una serie de resoluciones publicadas este jueves en el Boletín Oficial y establece un esquema que elimina la necesidad de obtener autorización previa del organismo regulador para una amplia gama de emisiones de títulos valores realizadas en el mercado local.



El eje de la reforma es la creación del “Régimen de Oferta Pública con Autorización Automática por su Mediano Impacto Ampliado”, que reemplaza el proceso tradicional de aprobación administrativa por un sistema de presentación informativa, conocido en los mercados financieros como notice o filing.



Según la reglamentación, las empresas podrán emitir acciones u obligaciones negociables por hasta 100 millones de Unidades de Valor Adquisitivo (UVA), equivalentes a aproximadamente entre US$130 millones y US$140 millones al tipo de cambio actual, sin necesidad de una autorización previa de la CNV.



El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, destacó que la iniciativa permitirá acelerar los procesos de financiamiento corporativo. “La gran mayoría de las emisiones de deuda de menos de unos 130/140 millones de dólares no van a necesitar autorización previa de la CNV para ser emitidas”, señaló.



El funcionario sostuvo además que la nueva normativa traslada la decisión sobre el momento de emisión a las propias empresas. “A partir de hoy la decisión de cuándo emitir queda en manos de los CFOs y no de un burócrata al que había que ir a rendirle pleitesía para la autorización”, afirmó.



La reforma también modifica los criterios para acceder a la categoría de Inversor Calificado. El patrimonio mínimo exigido para personas físicas residentes se reduce de 350.000 UVA a 200.000 UVA, lo que equivale aproximadamente a $70 millones o unos US$300.000 en activos o depósitos dentro del sistema financiero.



Esta reclasificación amplía el universo de participantes habilitados para acceder a determinadas colocaciones y tiene impacto directo sobre las emisiones de mayor volumen. En esos casos, las operaciones que superen los 100 millones de UVA también podrán quedar exentas de autorización previa siempre que estén dirigidas exclusivamente a inversores calificados.



Según explicó Sturzenegger, el criterio detrás de la modificación es que “se confía en la capacidad de discernimiento del inversor y se deja interactuar libremente al oferente de ahorro con el demandante de ahorro”.



La normativa también incorpora cambios para los instrumentos de inversión colectiva. En el caso de los Fondos Comunes de Inversión Abiertos (FCIA), se elimina la necesidad de aprobación previa independientemente del tamaño del fondo o del perfil de los inversores. Por su parte, los Fondos Comunes de Inversión Cerrados (FCIC), las Obligaciones Negociables y los Fideicomisos Financieros podrán acceder al régimen automático dentro del límite de 100 millones de UVA.



Las pequeñas y medianas empresas también fueron contempladas en la reforma. Las PyME CNV y aquellas que cuenten con aval de una Sociedad de Garantía Recíproca (SGR) podrán utilizar el nuevo régimen en forma complementaria a los beneficios ya existentes para el sector.



En estos casos, no se exigirá la constitución de una comisión fiscalizadora ni la presentación de estados contables bajo normas internacionales de información financiera (NIIF), siempre que las empresas permanezcan dentro del régimen específico para PyMEs.



Para las compañías de mayor tamaño que adhieran al esquema automático se mantendrá el cumplimiento del régimen informativo completo, incluyendo la comunicación de hechos relevantes y la presentación de balances bajo estándares internacionales, aunque dispondrán de un plazo de 180 días para adecuarse a este último requisito.



Al referirse al alcance económico de la medida, Sturzenegger señaló que el objetivo es fortalecer al mercado de capitales como una alternativa al financiamiento bancario tradicional.



“Ahora será mucho más fácil para una PyME emitir un bono para financiarse sin recurrir a otros mecanismos formales o informales. Para un productor agropecuario también se vuelve posible pensar en emitir acciones en lugar de depender exclusivamente de una deuda bancaria”, afirmó.



El ministro sostuvo finalmente que la simplificación regulatoria abre una nueva etapa para el financiamiento privado. “Ahora le toca al sector privado recoger el guante, innovar, salir a buscar empresas que necesiten capital y conectarlas con los argentinos que están ansiosos de poder invertir en su país”, concluyó.

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